DEMANDA DE
INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA NORMA SOBRE JURAMENTO ESTIMATORIO EN CODIGO GENERAL
DEL PROCESO- En el caso en que se demanda el artículo 206 de la
Ley 1564 de 2012, el actor indicó con precisión el objeto demandado; señaló las
razones por las cuales la Corte Constitucional es competente; y explicó el
concepto de la violación al expresar que la exigencia de la realización de
juramento estimatorio como requisito para la admisión de la demanda vulneraba
los derechos a la administración de justicia, al debido proceso y a la defensa,
pues establece la carga desproporcionada de realizar una tasación anticipada de
perjuicios que deberían poder tasarse durante el proceso y no en una etapa
previa en la cual se deberá contar con los medios económicos especiales para su
determinación. Esta Corporación considera que el cargo señalado por el actor
cumple con los requisitos indicados por la Corte Constitucional
para configurar un cargo de constitucionalidad toda vez que cumple las
exigencias de certeza, claridad, pertinencia y suficiencia. Referencia:
expediente D – 9324. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 206 de la ley 1564 de
2012. M.P. JORGE
IGNACIO PRETELT CHALJUB. Quince (15) de mayo de dos mil trece (2013). Corte
Constitucional.
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